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@Doña Croqueta , con respecto a lo que dice @ceo1967 , creo que hay dos formas de verlo. Una, la que comenta él. Dos, entender que la restricción de 5 o 2 por día se refiere al día en curso, de 00:00 a 24:00 horas, con lo que si ya has utilizado tu turno cuando se produce la entrada en los últimos 20 turnos, deberías restar esa cantidad al nuevo máximo de 2. Yo entendí en su momento que era la opción dos la que regía, pero creo que ambas pueden ser válidas.